viernes, 4 de marzo de 2016

Superintendencia de Pensiones afirmó que no puede invalidar resoluciones que aprobaron fusiones de AFPs

Superintendencia de Pensiones afirmó que no puede invalidar resoluciones que aprobaron fusiones de AFPs

04/03/2016 21:08:48El organismo emitió una resolución sobre los polémicos procesos entre las administradoras Cuprum y Argentum y entre Provida y Acquisition fueron aprobados en 2014 y 2015.La Superintendencia de Pensiones emitió una resolución en donde afirma que no puede invalidar las polémicas resoluciones que aprobaron fusiones de AFPs Cuprum y Argentum y entre Provida y Acquisition, determinadas en 2014 y 2015. Unas resoluciones permitieron el nexo entre las firmas, pero tras lo señalado por la Contraloría General de la República en los dictámenes del 16 de diciembre de 2015 y del 8 de febrero de 2016, decidió realizar una indagatoria interna. Para lo anterior, según lo consignado por Emol, el superintendente Osvaldo Macías pidió al fiscal de la entidad Andrés Culagovski un informe jurídico respecto a los procesos relacionados a los hechos descritos por la Contraloría respecto a Cuprum-Argentum. Además, la Superintendencia de Pensiones amplió la investigación a Provida-Acquisition, debido a que tenían características similares. En la resolución de hoy, la Superintendencia afirmó que "los procesos de transformación y fusión de las AFP Argentum y AFP Acquisition fueron llevados a cabo de una manera distinta a la que proponían los regulados. Así, mediante instrucciones expresas impartidas por esta Superintendencia, tanto AFP Cuprum como AFP Provida se vieron en la necesidad de llevar a cabo el proceso de fusión con sus matrices o controladores, previa transformación de éstas en administradoras de fondos de pensiones". Pese a esto, también señalaron que "los procesos realizados no fueron los más idóneos para alcanzar el resultado final, toda vez que pudo optarse legalmente por el mecanismo sugerido por los propios administrados". Sobre esto se agregó que "la condición señalada por esta Superintendencia para llevar adelante las fusiones era innecesaria, ya que implicaba la imposición de una exigencia adicional a los operadores de este sistema, la que no estaba claramente impuesta en el ordenamiento jurídico. En este sentido, resultaba factible acoger el procedimiento de fusión informado por las administradoras, lo que permitía alcanzar el mismo resultado, esto es, la reestructuración societaria".

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