martes, 4 de agosto de 2020

Jennifer López recibió más de 2 millones de "likes" con fotografía de su rostro al natural

Jennifer López recibió más de 2 millones de

04/08/2020 21:53:04La imagen de la estrella de la música generó una ola de reacciones. Jennifer López, dio que hablar en redes sociales después de publicar una imagen mostrando su rostro al natural. La artista internacional lució sin maquillaje, generando una ola de reacciones entre sus seguidores. En pocas horas, recibió más de 2 millones de "likes". {INSTAGRAM=CDWfr8dpdXV}

Jennifer López recibió más de 2 millones de "likes" con fotografía de su rostro al natural

Jennifer López recibió más de 2 millones de

04/08/2020 21:53:04La imagen de la estrella de la música generó una ola de reacciones. Jennifer López, dio que hablar en redes sociales después de publicar una imagen mostrando su rostro al natural. La artista internacional lució sin maquillaje, generando una ola de reacciones entre sus seguidores. En pocas horas, recibió más de 2 millones de "likes". {INSTAGRAM=CDWfr8dpdXV}

Rentabilidad de los fondos de pensiones cayó durante julio

Rentabilidad de los fondos de pensiones cayó durante julio

04/08/2020 21:27:47Con esto, el organismo indicó que los ahorros previsionales de los trabajadores totalizaron activos por 5.711,12 millones de Unidades de Fomento (UF). Durante julio los fondos de pensiones sufrieron efectos negativos debido a diversos factores que afectaron en mayor medida el desempeño del mercado de renta fija nacional, incidiendo de forma negativa en los fondos más conservadores. Según informó la Superintendencia de Pensiones, el Fondo C (intermedio) retrocedió un 0,40% real en julio, mientras que el Fondo D (conservador) perdió un 0,46%. Asimismo, el Fondo E (más conservador) cayó un 0,54%. En cuanto al fondo A (más riesgoso) y B (riesgoso) registraron pérdidas reales de 0,27% y de 0,09%. Con esto, el organismo indicó que los ahorros previsionales de los trabajadores totalizaron activos por 5.711,12 millones de Unidades de Fomento (UF). Asimismo, se indicó que desde el jueves 6 de julio de 2020 se habilitará en el sitio web de la Superintendencia de Pensiones, www.spensiones.cl, el informe en detalle de la rentabilidad.

Bancada del PPD solicitó a Michelle Bachelet enviar observadores de la ONU a La Araucanía

Bancada del PPD solicitó a Michelle Bachelet enviar observadores de la ONU a La Araucanía

04/08/2020 20:41:59Según explicó el parlamentario Raúl Soto, "el Gobierno no está garantizando el diálogo y el respeto a los derechos humanos en La Araucanía. La bancada de diputados del Partido por la Democracia (PPD) envió una carta a la Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, para que envíe observadores a la Región de la Araucanía, en medio de las manifestaciones y hechos de violencia sucedidos los últimos días. Según explicó el jefe de la bancada PPD, Raúl Soto, "el Gobierno no está garantizando el diálogo y el respeto a los derechos humanos en La Araucanía, más bien está permitiendo la autotutela y el enfrentamiento entre chilenos". Por ende, insistió "solo queda solicitar ayuda internacional, y que sea la alta comisionada quien envíe veedores a la zona, y promueva el diálogo necesario para una salida política".

Bancada del PPD solicitó a Michelle Bachelet enviar observadores de la ONU a La Araucanía

Bancada del PPD solicitó a Michelle Bachelet enviar observadores de la ONU a La Araucanía

04/08/2020 20:41:59Según explicó el parlamentario Raúl Soto, "el Gobierno no está garantizando el diálogo y el respeto a los derechos humanos en La Araucanía. La bancada de diputados del Partido por la Democracia (PPD) envió una carta a la Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, para que envíe observadores a la Región de la Araucanía, en medio de las manifestaciones y hechos de violencia sucedidos los últimos días. Según explicó el jefe de la bancada PPD, Raúl Soto, "el Gobierno no está garantizando el diálogo y el respeto a los derechos humanos en La Araucanía, más bien está permitiendo la autotutela y el enfrentamiento entre chilenos". Por ende, insistió "solo queda solicitar ayuda internacional, y que sea la alta comisionada quien envíe veedores a la zona, y promueva el diálogo necesario para una salida política".

[VIDEO] Captan a Emeterio Ureta llevando a una persona en el portaequipaje de camioneta

[VIDEO] Captan a Emeterio Ureta llevando a una persona en el portaequipaje de camioneta

04/08/2020 18:42:56El hecho fue grabado por una automovilista que emplazó al empresario. Emeterio Ureta fue captado este lunes, trasladando en el portaequipaje de su camioneta a un hombre que iba acostado. El hecho fue captado por una automovilista que presenció la escena y que también emplazó al empresario. "¿Oiga, ¡va a llevar a esa persona metida ahí!?", le preguntó la mujer desde un vehículo estacionado. "¿Perdón?", respondió Ureta, a lo que la conductora replicó: "No puede llevarla metida ahí…" "Pero si vamos aquí al lado…", agregó el empresario, pero la conductora siguió emplazándolo. Tras el revuelo que causó, Ureta habló con Glamorama, explicando que solo iba a "a tres cuadras" para "comprar pan y queso". Esto, pues ambos tendrían un resfrío, y "para no transmitir nada" lo llevó en el portaequipaje. "A la persona que estaba atrás de nosotros, que seguramente grabó, seguramente le pareció de mal gusto", y recalca que, a la mujer que lo increpó, "no le falte el respeto ni nada… Le dije 'disculpe'". {TWITTER=1290702868383780869}

[VIDEO] Captan a Emeterio Ureta llevando a una persona en el portaequipaje de camioneta

[VIDEO] Captan a Emeterio Ureta llevando a una persona en el portaequipaje de camioneta

04/08/2020 18:42:56El hecho fue grabado por una automovilista que emplazó al empresario. Emeterio Ureta fue captado este lunes, trasladando en el portaequipaje de su camioneta a un hombre que iba acostado. El hecho fue captado por una automovilista que presenció la escena y que también emplazó al empresario. "¿Oiga, ¡va a llevar a esa persona metida ahí!?", le preguntó la mujer desde un vehículo estacionado. "¿Perdón?", respondió Ureta, a lo que la conductora replicó: "No puede llevarla metida ahí…" "Pero si vamos aquí al lado…", agregó el empresario, pero la conductora siguió emplazándolo. Tras el revuelo que causó, Ureta habló con Glamorama, explicando que solo iba a "a tres cuadras" para "comprar pan y queso". Esto, pues ambos tendrían un resfrío, y "para no transmitir nada" lo llevó en el portaequipaje. "A la persona que estaba atrás de nosotros, que seguramente grabó, seguramente le pareció de mal gusto", y recalca que, a la mujer que lo increpó, "no le falte el respeto ni nada… Le dije 'disculpe'". {TWITTER=1290702868383780869}

[VIDEO] Captan a Emeterio Ureta llevando a una persona en el portaequipaje de camioneta

[VIDEO] Captan a Emeterio Ureta llevando a una persona en el portaequipaje de camioneta

04/08/2020 18:42:56El hecho fue grabado por una automovilista que emplazó al empresario. Emeterio Ureta fue captado este lunes, trasladando en el portaequipaje de su camioneta a un hombre que iba acostado. El hecho fue captado por una automovilista que presenció la escena y que también emplazó al empresario. "¿Oiga, ¡va a llevar a esa persona metida ahí!?", le preguntó la mujer desde un vehículo estacionado. "¿Perdón?", respondió Ureta, a lo que la conductora replicó: "No puede llevarla metida ahí…" "Pero si vamos aquí al lado…", agregó el empresario, pero la conductora siguió emplazándolo. Tras el revuelo que causó, Ureta habló con Glamorama, explicando que solo iba a "a tres cuadras" para "comprar pan y queso". Esto, pues ambos tendrían un resfrío, y "para no transmitir nada" lo llevó en el portaequipaje. "A la persona que estaba atrás de nosotros, que seguramente grabó, seguramente le pareció de mal gusto", y recalca que, a la mujer que lo increpó, "no le falte el respeto ni nada… Le dije 'disculpe'". {TWITTER=1290702868383780869}

[VIDEO] Captan a Emeterio Ureta llevando a una persona en el portaequipaje de camioneta

[VIDEO] Captan a Emeterio Ureta llevando a una persona en el portaequipaje de camioneta

04/08/2020 18:42:56El hecho fue grabado por una automovilista que emplazó al empresario. Emeterio Ureta fue captado este lunes, trasladando en el portaequipaje de su camioneta a un hombre que iba acostado. El hecho fue captado por una automovilista que presenció la escena y que también emplazó al empresario. "¿Oiga, ¡va a llevar a esa persona metida ahí!?", le preguntó la mujer desde un vehículo estacionado. "¿Perdón?", respondió Ureta, a lo que la conductora replicó: "No puede llevarla metida ahí…" "Pero si vamos aquí al lado…", agregó el empresario, pero la conductora siguió emplazándolo. Tras el revuelo que causó, Ureta habló con Glamorama, explicando que solo iba a "a tres cuadras" para "comprar pan y queso". Esto, pues ambos tendrían un resfrío, y "para no transmitir nada" lo llevó en el portaequipaje. "A la persona que estaba atrás de nosotros, que seguramente grabó, seguramente le pareció de mal gusto", y recalca que, a la mujer que lo increpó, "no le falte el respeto ni nada… Le dije 'disculpe'". {TWITTER=1290702868383780869}

Confirman que trabajador de La Moneda dio positivo a Covid-19

Confirman que trabajador de La Moneda dio positivo a Covid-19

04/08/2020 17:41:28Se trata de un colaborador, quien no tuvo contacto con el presidente Sebastián Piñera. La Dirección de Prensa de la Presidencia confirmó que un trabajador del equipo de Programación de La Moneda, dio positivo al test de Covid-19. El colaborador se encuentra asintomático y aislado, después de ser diagnosticado durante esta jornada. Asimismo, desde palacio informaron que sus contactos estrechos también ingresaron al cumplimiento de cuarentena. Con ello, se descartó que el trabajador tuviera contacto con el presidente Sebastián Piñera, como con otras autoridades del Gobierno.

Confirman que trabajador de La Moneda dio positivo a Covid-19

Confirman que trabajador de La Moneda dio positivo a Covid-19

04/08/2020 17:41:28Se trata de un colaborador, quien no tuvo contacto con el presidente Sebastián Piñera. La Dirección de Prensa de la Presidencia confirmó que un trabajador del equipo de Programación de La Moneda, dio positivo al test de Covid-19. El colaborador se encuentra asintomático y aislado, después de ser diagnosticado durante esta jornada. Asimismo, desde palacio informaron que sus contactos estrechos también ingresaron al cumplimiento de cuarentena. Con ello, se descartó que el trabajador tuviera contacto con el presidente Sebastián Piñera, como con otras autoridades del Gobierno.

Alfredo Moreno dijo que falta avanzar en la parte legislativa del Plan Araucanía

Alfredo Moreno dijo que falta avanzar en la parte legislativa del Plan Araucanía

04/08/2020 17:05:00El ex ministro de Desarrollo Social salió al paso de las criticas a la iniciativa que encabezó desde esa cartera y planteó que "cuando me fui quedó presentada la mayor parte de los proyectos de la nueva legislación indígena, el Ministerio de Pueblos Indígenas, el Consejo de Pueblos Indígenas, que ha avanzado muy poco en el Congreso en este tiempo". Alfredo Moreno, actual ministro de OO.PP, salió al paso de las críticas por el denominado "Plan Araucanía", que encabezó durante su estadía en el ministerio de Desarrollo Social y dijo que los proyectos que se presentaron entonces, han avanzado poco en el Congreso. Ello, ante los recientes hechos de violencia ocurridos en La Araucanía, que el sábado llevaron al enfrentamiento entre civiles, por el desalojo de municipios que se encontraban en toma por parte de comuneros mapuche. "Es un problema con raíces profundas y que no hemos sabido como país resolver, requiere un esfuerzo de todos los chilenos, tanto de las comunidades mapuches como de los sectores políticos y de la región para poder solucionarlo", dijo Moreno en conversación con radio Universo El secretario de Estado, dijo que la estrategia económica en la zona sí ha avanzado, pero que ello no ha ido acompañado, de otros componentes del Plan, como por ejemplo las de materia legislativa. "Cuando me fui quedó presentada la mayor parte de los proyectos de la nueva legislación indígena, el Ministerio de Pueblos Indígenas, el Consejo de Pueblos Indígenas, que ha avanzado muy poco en el Congreso en este tiempo", dijo el ahora ministro del OO.PP., quien al respecto añadió que "hay responsabilidad de todos, pero ahí está la legislación que es presentada por el Gobierno. Yo creo que hoy se puede acelerar, (pero) hay que tener presente que las prioridades en el país desde octubre han sido otras, han copado al Congreso y la preocupación ciudadana".

Jefe de Narcotráfico de la Fiscalía alerta sobre elevado poder fuego de narcos: ?Casi que están combatiendo con las fuerzas del Estado y eso es peligrosísimo"

Jefe de Narcotráfico de la Fiscalía alerta sobre elevado poder fuego de narcos:

04/08/2020 16:43:48Luis Toledo, director de la Unidad de Tráfico Ilícito de Estupefacientes, advirtió sobre los efectos tras el estallido social y la pandemia: "El énfasis en seguridad pública no es para infundir temor en las personas, es para darse cuenta de que es una situación social que puede estar como caldo de cultivo fuerte y que se ha acrecentado en el último año muy fuerte". "Los portonazos no están solos, siempre están vinculados con delitos de drogas o tráfico de armas". Así explicó el director de la Unidad de Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de la Fiscalía Nacional, Luis Toledo, los hallazgos del último Observatorio del Narcotráfico. "Hay ciertos segmentos de las organizaciones criminales que se dedican a la comisión de ilícitos a nivel interno y estas organizaciones criminales son las que causan mayor daño. Las tenemos segmentadas por cuál es su objeto de giro y el objeto de giro interno es el que hay que poner mucha atención, es el que está vinculado con corrupción, con alto poder de fuego", señaló. "En el último Observatorio nos centramos en violencia y narcotráfico. Todos conocen los narcofunerales, pero no son sólo narcofunerales, es violencia asociada al narcotráfico, cuando traen droga o celebran el cumpleaños de un jefe de la banda o cuando fallece una persona es habitual ver estas subametralladoras o armas automáticas o semiautomáticas que disparan sin control y provocan daño", explicó Toledo en Radio Universo. "Tenemos diagramado esto para estudiarlo y combatirlo, pero no es sencillo". "Luego de la crisis y la pandemia hay mucha gente desempleada, quienes no han perdido el empleo son los narcotraficantes, en consecuencia, ahí se genera una muy mala mezcla que advertimos en El Observatorio. El énfasis en seguridad pública no es para infundir temor en las personas, es para darse cuenta de que es una situación social que puede estar como caldo de cultivo fuerte y que se ha acrecentado en el último año muy fuerte. El poder de fuego de las bandas de narcos y de las bandas criminales internas es evidente". "Hace muy poco era muy común encontrar a personas con armas hechizas. La desafío a preguntar ¿cuántas armas hechizas se incautan en Chile hoy en día? Prácticamente ninguna o muy pocas porque hoy son sólo calibre 9 mm. o incluso armas semiautomáticas, y eso genera un poder de fuego muy fuerte, casi que están combatiendo con las fuerzas del Estado y eso es peligrosísimo. Da cuenta de un fenómeno de aumento de la violencia. (…) hay una vinculación porque el dinero que genera el narcotráfico le da movilidad a la organización criminal, el dinero lo sacan de una parte y lo sacan o robando o vendiendo droga", sostuvo. "No quiero dar por perdida la batalla ni pública ni privadamente. Hoy es un desafío enorme para la persecución penal este poder de fuego y la capacidad que tienen las organizaciones criminales para amoldarse a las nuevas condiciones. Lo dice el Observatorio, como se ha agudizado la venta a través de plataformas electrónicas. En el fondo la organización criminal dedicada a este tipo de negocios lucrativos de robo, narcotráfico, se dedica no solo a una especie de giro, tiene multiplicidad de giros y se amolda, claramente es capaz de poner en problemas a la autoridad estatal pero no doblegarlas, lo que sí necesitamos es mayor coordinación y eso es lo que estamos haciendo en el observatorios", concluyó.

Justicia ordenó arresto domiciliario para ex presidente de Colombia Álvaro Uribe

Justicia ordenó arresto domiciliario para ex presidente de Colombia Álvaro Uribe

04/08/2020 16:12:07"La privación de mi libertad me causa profunda tristeza por mi señora, por mi familia y por los colombianos que todavía creen que algo bueno he hecho por la patria", escribió en su cuenta de Twitter el ex mandatario. La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia de Colombia ordenó la medida de arresto domiciliario en contra del ex presidente y actual senador Álvaro Uribe. Esto, debido a una investigación que se sigue por los presuntos delitos de soborno y fraude procesal. En particular, se acusa al ex mandatario de una presunta manipulación de testigos, cargos que de forma reiterada el político ha negado. "La privación de mi libertad me causa profunda tristeza por mi señora, por mi familia y por los colombianos que todavía creen que algo bueno he hecho por la patria", escribió el ex líder colombiano en su cuenta de Twitter.

Comisión de Constitución despachó a la Sala proyecto que retiene el 10% por deuda alimenticia y gobierno no incluirá retiro forzoso

Comisión de Constitución despachó a la Sala proyecto que retiene el 10% por deuda alimenticia y gobierno no incluirá retiro forzoso

04/08/2020 15:29:59La Cámara de Diputados deberá revisar la iniciativa, en tanto que el Ejecutivo dijo que la medida que obligaba a retirar a quienes tuvieran deudas por pensiones, generó una inquietud constitucional que podría retrasar el proceso. El gobierno no presentó la indicación que pretendía el retiro forzoso del 10% de los fondos de pensiones para quienes tienen deudas de pensiones de alimentos, de manera de cubrir los montos faltantes con dicho dinero. El ministro de Justicia, Hernán Larraín, explicó que la decisión de La Moneda, se tomó debido a que la reforma que permitió el retiro del 10%, estableció que sólo pueden ser embargables los montos por dicho concepto, si los montos sacan de las AFP de manera voluntaria. La situación, aclaró el secretario de Estado, generaría una inquietud constitucional, que en caso de que se persistiera en ella, podría retrasar el pago de las deudas. Esta jornada, en tanto la Comisión de Constitución despachó a la sala el proyecto que retiene el 10% de los fondos de las AFP por pensión alimenticia.

[GALERÍA] Revisa las impactantes imágenes que dejó el estallido en el centro de Beirut

[GALERÍA] Revisa las impactantes imágenes que dejó el estallido en el centro de Beirut

04/08/2020 15:09:00Una enorme explosión sacudió el martes el centro de Beirut, destruyendo gran parte del puerto, dañando edificios, y rompiendo ventanas y puertas mientras una enorme nube de humo cubría la capital. El ministerio de Salud libanés reportó 25 muertos y 2.500 heridos. .

Presidente por subsidio de arriendo: "No se requiere el Registro Social de Hogares"

Presidente por subsidio de arriendo:

04/08/2020 13:59:56El beneficio se extiende por tres meses y significa un aporte de hasta $250 mil pesos en arriendAsí, el beneficio cubre hasta 250 mil pesos de un arriendo no mayor a 600 mil por un periodo de tres meses.os de hasta $600 mil. Durante esta jornada y desde La Moneda, el Presidente Sebastián Piñera, se refirió al subsidio de arriendo destinado a la clase media, confirmando la flexibilización en los requisitos para poder obtenerlo. Según indicó "no se requiere el Registro Social de Hogares", añadiendo que eliminaron esta condición "porque muchas familias no tienen Registro Social de Hogares". "Muchas familias tienen una situación que no es la que tenían o que estaba reflejada en el Registro Social de Hogares", añadió. De esta forma, precisó que "eliminamos ese requisito, se puede hacer 100% digital". Así, el beneficio cubre hasta 250 mil pesos de un arriendo no mayor a 600 mil por un periodo de tres meses. Con ello, se deberá cumplir con las condiciones de haber perdido el empleo o haber tenido perdidas de ingresos. Además de no ser propietario de la vivienda.

Presidente por subsidio de arriendo: "No se requiere el Registro Social de Hogares"

Presidente por subsidio de arriendo:

04/08/2020 13:59:56El beneficio se extiende por tres meses y significa un aporte de hasta $250 mil pesos en arriendAsí, el beneficio cubre hasta 250 mil pesos de un arriendo no mayor a 600 mil por un periodo de tres meses.os de hasta $600 mil. Durante esta jornada y desde La Moneda, el Presidente Sebastián Piñera, se refirió al subsidio de arriendo destinado a la clase media, confirmando la flexibilización en los requisitos para poder obtenerlo. Según indicó "no se requiere el Registro Social de Hogares", añadiendo que eliminaron esta condición "porque muchas familias no tienen Registro Social de Hogares". "Muchas familias tienen una situación que no es la que tenían o que estaba reflejada en el Registro Social de Hogares", añadió. De esta forma, precisó que "eliminamos ese requisito, se puede hacer 100% digital". Así, el beneficio cubre hasta 250 mil pesos de un arriendo no mayor a 600 mil por un periodo de tres meses. Con ello, se deberá cumplir con las condiciones de haber perdido el empleo o haber tenido perdidas de ingresos. Además de no ser propietario de la vivienda.

Senador Ossandón solicitó a RN suspender su militancia tras petición de formalizaciónpor tráfico de influencias

Senador Ossandón solicitó a RN suspender su militancia tras petición de formalizaciónpor tráfico de influencias

04/08/2020 13:34:13El caso se generó cuando el alcalde de Pirque, Cristián Balmaceda, lo acusó de gestiones en favor de una empresa, donde uno de los hijos del senador, tenía participación como accionista. Durante esta jornada y a través de su cuenta en Twitter, se conoció que la Fiscalía Oriente anunció que pidió audiencia para formalizar la investigación en contra del senador por Santiago, Manuel José Ossandón (RN). Esto, por el delito reiterado de tráfico de influencias. Tras la confirmación del Ministerio público, el legislador solicitó que se suspenda su militancia en Renovación Nacional (RN) por el plazo en que se extienda la indagatoria. Según consignó Emol, fue la diputada y vicepresidenta de RN, Paulina Núñez, quien sostuvo que el parlamentario, "ha pedido al partido suspender la militancia mientras dure la investigación. Después de haber declarado más de tres horas fue informado que se iniciará una investigación en su contra". El caso se generó cuando el alcalde de Pirque, Cristián Balmaceda, lo acusó de gestiones en favor de una empresa, donde uno de los hijos del senador, tenía participación como accionista.

[VIDEO] Enorme explosión en Beirut deja heridos y daños

[VIDEO] Enorme explosión en Beirut deja heridos y daños

04/08/2020 12:31:37La explosión sacudió varias partes de la ciudad. Residentes reportaron ventanas rotas y la caída de techos falsos, incluso a kilómetros de distancia. {TWITTER=1290685230739869697} Una enorme explosión sacudió el martes Beirut, la capital libanesa, hiriendo a varias personas y causando daños generalizados. La explosión sacudió varias partes de la ciudad. Residentes reportaron ventanas rotas y la caída de techos falsos, incluso a kilómetros de distancia. Un fotógrafo de The Associated Press cerca del puerto de Beirut fue testigo de personas heridas en el suelo y destrucción generalizada en el centro de la ciudad. La prensa local informaba que la explosión fue en el puerto, dentro de un área donde se almacenan petardos. {TWITTER=1290684558438957056}{TWITTER=1290684923033071616}{TWITTER=1290682641759576066}{TWITTER=1290684279605858304}

[VIDEO] Enorme explosión en Beirut deja heridos y daños

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04/08/2020 12:31:37La explosión sacudió varias partes de la ciudad. Residentes reportaron ventanas rotas y la caída de techos falsos, incluso a kilómetros de distancia. {TWITTER=1290685230739869697} Una enorme explosión sacudió el martes Beirut, la capital libanesa, hiriendo a varias personas y causando daños generalizados. La explosión sacudió varias partes de la ciudad. Residentes reportaron ventanas rotas y la caída de techos falsos, incluso a kilómetros de distancia. Un fotógrafo de The Associated Press cerca del puerto de Beirut fue testigo de personas heridas en el suelo y destrucción generalizada en el centro de la ciudad. La prensa local informaba que la explosión fue en el puerto, dentro de un área donde se almacenan petardos. {TWITTER=1290684558438957056}{TWITTER=1290684923033071616}{TWITTER=1290682641759576066}{TWITTER=1290684279605858304}

[EN VIVO] Minsal reportó 1.462 casos nuevos de Covid:19: la cifra más baja desde mayo

[EN VIVO] Minsal reportó 1.462 casos nuevos de Covid:19: la cifra más baja desde mayo

04/08/2020 11:06:33La autoridad indicó que la tasa de positividad de los exámenes de PCR llegó al 8%. Además se reportó la muerte de 38 personas a causa de la enfermedad, lo que elevó el total de víctimas fatales de 9.745 personas. El Minsal informó que en las últimas 24 horas se produjeron 1.462 casos de contagio de Covid-19 en el país, de los que 1049 presentaron síntomas. Según indicó el subsecretario de Redes Asistenciales, se trata de la cifra más baja desde mayo. Con estos números, se alcanzó un total de 362.962 personas contagiadas desde el inicio de la pandemia, de las cuales, 16.887 se consideran casos activos. Además se reportó la muerte de 38 personas a causa de la enfermedad, lo que elevó el total de víctimas fatales de 9.745 personas. El sistema de salud reportó que hay 580 ventiladores mecánicos disponibles y que 1.405 personas permanecen hospitalizadas, de las cuales 227 se encuentran en estado crítico. Los laboratorios, en tanto, dieron cuenta de la realización de 18.857 exámenes de PCR en las últimas 24 horas. Con ello, se indicó que la tasa de positividad de los exámenes de PCR llegó al 8%.

[EN VIVO] Minsal reportó 1.462 casos nuevos de Covid:19: la cifra más baja desde mayo

[EN VIVO] Minsal reportó 1.462 casos nuevos de Covid:19: la cifra más baja desde mayo

04/08/2020 11:06:33La autoridad indicó que la tasa de positividad de los exámenes de PCR llegó al 8%. Además se reportó la muerte de 38 personas a causa de la enfermedad, lo que elevó el total de víctimas fatales de 9.745 personas. El Minsal informó que en las últimas 24 horas se produjeron 1.462 casos de contagio de Covid-19 en el país, de los que 1049 presentaron síntomas. Según indicó el subsecretario de Redes Asistenciales, se trata de la cifra más baja desde mayo. Con estos números, se alcanzó un total de 362.962 personas contagiadas desde el inicio de la pandemia, de las cuales, 16.887 se consideran casos activos. Además se reportó la muerte de 38 personas a causa de la enfermedad, lo que elevó el total de víctimas fatales de 9.745 personas. El sistema de salud reportó que hay 580 ventiladores mecánicos disponibles y que 1.405 personas permanecen hospitalizadas, de las cuales 227 se encuentran en estado crítico. Los laboratorios, en tanto, dieron cuenta de la realización de 18.857 exámenes de PCR en las últimas 24 horas. Con ello, se indicó que la tasa de positividad de los exámenes de PCR llegó al 8%.

Camila Nash encendió las redes con postales sin filtro: "Fotito para tí, hater"

Camila Nash encendió las redes con postales sin filtro:

04/08/2020 11:06:21La ex chica reality recibió más de 10 mil "likes". Camila Nash, utilizó sus redes sociales para publicar dos imágenes al natural, donde aparece vistiendo ropa deportiva. Sus seguidores aplaudieron las osadas postales y reaccionaron de forma masiva a sus comentarios. "Day Off", escribió en una de las publicaciones, y en una segunda intervención agregó: "Fotito para tí, hater de mi corazón". {INSTAGRAM=CDZjHPwB_39}{INSTAGRAM=CDcvfHHhzRI}

Fiscalía pidió audiencia para formalizar al senador Ossandón por tráfico de influencias

Fiscalía pidió audiencia para formalizar al senador Ossandón por tráfico de influencias

04/08/2020 10:36:48Indagatoria se inició luego de que el parlamentario fue acusado de gestiones en favor de una empresa para la prórroga de una licitación. A través de su cuenta en Twitter, la Fiscalía Oriente anunció que pidió audiencia para formalizar la investigación en contra del senador por Santiago, Manuel José Ossandón (RN). El Ministerio Público acusará al parlamentario del delito reiterado de tráfico de influencias. {TWITTER=1290650880296062976} El caso se generó cuando el alcalde de Pirque, Cristián Balmaceda, lo acusó de gestiones en favor de la empresa Cavilu SpA, para prorrogar una licitación para la extracción de áridos en el río Maipo. En la mencionada empresa, uno de los hijos del senador, tenía participación como accionista.

La lactancia materna debe ser hasta cuando la madre y el niño decidan

La lactancia materna debe ser hasta cuando la madre y el niño decidan

04/08/2020 9:59:59Expertos dijeron que lo ideal es que los bebés tomen leche a libre demanda hasta los seis meses y luego incorporen otros alimentos. Con el lema "Apoyar la lactancia materna para un planeta más sano", se dio la bienvenida a la Semana Mundial de la Lactancia Materna 2020, que se extenderá hasta el viernes. En este contexto, la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) llamaron a los gobiernos a proteger y promover el acceso de las mujeres a asesoramiento sobre este proceso. Entre las mayores dudas que tienen las madres y futuras mamás respecto de la lactancia figura hasta qué edad es recomendable amamantar a sus hijos. Al respecto, el dr. Francisco Riedemann, pediatra de la Clínica Indisa, aseguró a hoyxhoy que "los expertos en nutrición pediátrica van definiendo normas cada cierto tiempo y hoy casi todas las instrucciones internacionales dicen que el pecho debería ser exclusivo hasta los seis meses y desde los seis meses en adelante complementarlo con alimentación sólida (comida distinta de la leche, generalmente molida)". Asimismo, Riedemann sostuvo que no hay un límite de edad para la lactancia y añadió que "la OMS lo dice explícitamente". Es decir, "desde un punto de vista médico no habría problema si un niño tomara leche materna a los tres años ni a los seis tampoco", afirmó. Sin embargo, el médico destacó que cuándo dar fin a la lactancia materna debe ser decisión de la madre y el niño. "Ahora, si una mamá pregunta cuál leche es mejor para su niño de cuatro años, la respuesta es que la leche materna. Elegir entre leche humana o leche de vaca maternizada o no maternizada se hace solamente cuando uno no cuenta con leche materna como opción, porque la leche materna es la primera opción a cualquier edad", sostuvo. ¿La libre demanda? La enfermera de la Clínica de la Lactancia, Daniela Sepúlveda, dijo que los primeros seis meses de vida del bebé la recomendación internacional es que se amamante a libre demanda. Pasados los seis meses, la profesional mencionó que "generalmente ya los niños son un poco más ordenados para amamantar y generalmente lo hacen cada tres o cuatro horas". Además, señaló, "el cuerpo de la mamá se va acostumbrando a que el niño come y ya no amamanta tanto, entonces uno va ajustando la producción a las necesidades del bebé". Una mejor salud Entre los beneficios de la lactancia materna, tanto el pediatra como la enfermera mencionaron que disminuye el riesgo de obesidad y enfermedades metabólicas hasta la edad adulta. Según Riedemann, esto se debe a que "los nutrientes que uno consume durante los primeros meses y años de vida influyen en cómo se va desarrollando el metabolismo y cómo el cuerpo reacciona a los nutrientes que las personas van recibiendo por el resto de sus vidas, cómo funciona el hígado, el páncreas y una serie de hormonas depende de qué tipo de alimentación se tuvo. Entonces, si se le da a una guagua la comida ideal, que es la leche materna, todo va a funcionar mejor". Y los beneficios no son sólo para la guagua, sino también para la mamá. El médico dijo que las mujeres que dan pecho tienen menos riesgo de desarrollar cáncer de mama.

Natalia Valdebenito sufre publicación de información privada tras polémica

Natalia Valdebenito sufre publicación de información privada tras polémica

04/08/2020 9:12:19A raíz de un tuit, la comediante fue blanco de críticas que derivaron en ataques. Por su forma de expresar lo que opina abiertamente, Natalia Valdebenito frecuentemente es blanco de críticas e insultos en redes sociales. Pero una polémica por un mensaje de Twitter derivó en la publicación de sus datos privados, según contó en esa red. "Ayer publicaron mis datos. Me estoy informando qué hacer. Debido a esto tengo una de lista llamados y mensajes deWhatsapp. Estoy guardando todo. Es lo único que puedo hacer por mientras. Seguro tendré que poner filtros y cosas que hasta ahora no había considerado. La realidad noma", expuso Valdebenito. La comediante se vio envuelta en una polémica el domingo tras burlarse de una persona que le respondió un tuit sobre la situación en La Araucanía. "Con esta cara no podríamos esperar más eh. Bloqueado", publicó Valdebenito, a quien comenzaron a criticar porque se dijo que el aludido era una persona en situación de discapacidad. La también actriz borró la publicación en cuestión y en su programa en radio Súbela asumió su error: "Me equivoqué y yo lo asumo. (Pero) No hice nada más que tratar de feo a una persona", dijo, a la vez que manifestó que está preocupada por la seguridad de su entorno cercano.

Natalia Valdebenito sufre publicación de información privada tras polémica

Natalia Valdebenito sufre publicación de información privada tras polémica

04/08/2020 9:12:19A raíz de un tuit, la comediante fue blanco de críticas que derivaron en ataques. Por su forma de expresar lo que opina abiertamente, Natalia Valdebenito frecuentemente es blanco de críticas e insultos en redes sociales. Pero una polémica por un mensaje de Twitter derivó en la publicación de sus datos privados, según contó en esa red. "Ayer publicaron mis datos. Me estoy informando qué hacer. Debido a esto tengo una de lista llamados y mensajes deWhatsapp. Estoy guardando todo. Es lo único que puedo hacer por mientras. Seguro tendré que poner filtros y cosas que hasta ahora no había considerado. La realidad noma", expuso Valdebenito. La comediante se vio envuelta en una polémica el domingo tras burlarse de una persona que le respondió un tuit sobre la situación en La Araucanía. "Con esta cara no podríamos esperar más eh. Bloqueado", publicó Valdebenito, a quien comenzaron a criticar porque se dijo que el aludido era una persona en situación de discapacidad. La también actriz borró la publicación en cuestión y en su programa en radio Súbela asumió su error: "Me equivoqué y yo lo asumo. (Pero) No hice nada más que tratar de feo a una persona", dijo, a la vez que manifestó que está preocupada por la seguridad de su entorno cercano.

Daniel Valenzuela reveló que conoció a su sobrino: "Cada uno ve lo que hace y cada uno tiene una opinión"

Daniel Valenzuela reveló que conoció a su sobrino:

04/08/2020 8:35:15"Para la gente puede ser tema y ahí vienen los juicios y prejuicios. Eso me agota", aseguró, haciendo referencia a Cristóbal Valenzuela y su ex esposa, Paloma Aliga. "Fue bonito poder reunirnos después de tantos meses sin vernos. Nosotros somos una familia que a acostumbra a verse, somos de piel, así es que fue una instancia bonita para juntarnos", contó Daniel Valenzuela a LUN, abordando la reunión familiar donde conoció a su sobrino recién nacido, hijo de su hermano Cristóbal Valenzuela y su ex esposa, Paloma Aliga. "Para mí resulta, me tiene tranquilo llevarlo así. Me hace bien, le hace bien a mis hijas", contó, insistiendo en que "Cada uno ve lo que hace y cada uno tiene una opinión". "Para la gente puede ser tema y ahí vienen los juicios y prejuicios. Eso me agota".

Ministro Víctor Pérez y situación en La Araucanía: "No fui a provocar absolutamente a nadie"

Ministro Víctor Pérez y situación en La Araucanía:

04/08/2020 8:15:25El titular de Interior respondió a quienes vinculan su viaje a la zona con los hechos de violencia generados el fin de semana. El ministro del Interior, Víctor Pérez, se refirió a la crisis que se vive en La Araucanía, luego del desalojo de las municipalidades en toma y el enfrentamiento entre civiles ocurrido el fin de semana, tras su visita a la zona. En su paso por la región, Pérez dijo que en Chile no hay presos políticos y aseguró que las personas que se encuentran detenidos en el contexto, lo están por resoluciones judiciales. Desde diversos sectores de la oposición, acusaron a Pérez de tensionar los ánimos, luego de que también llamó a los alcaldes a solicitar el desalojo de los municipios. "No fui a provocar absolutamente a nadie, fui a iniciar un proceso de diálogo, a respaldar y fortalecer el trabajo de las policías que están resguardando a todos los chilenos", dijo el ministro del Interior. Pérez además condenó las consignas racistas que ocurrieron a las afueras de los municipios en toma y dijo que "soy antiracista y todos los gritos, vengan de donde vengan, son rechazados".

Inició debate sobre retención del 10% por deuda en pensión de alimentos

Inició debate sobre retención del 10% por deuda en pensión de alimentos

03/08/2020 21:57:32La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados.La comisión de Constitución inició la tramitación del proyecto que modifica la ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia, para incorporar disposiciones transitorias sobre la retención judicial de fondos previsionales y suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro del 10%, en razón de deudas por obligaciones alimentarias. La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados. Recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla de plano, dentro del plazo de 24 horas. De esta forma, en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar de oficio la medida cautelar de retención de los fondos que, el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retirar o pueda solicitar retirar, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación. La medida tendrá efecto desde la notificación de la resolución a la AFP respectiva, y antes de notificarse a la persona contra quien se dicte. Para estos efectos, cuando el tribunal decrete la medida cautelar de retención, dictará resolución ordenando que sea notificada a la AFP respectiva en el más breve plazo y por medios electrónicos, y que la notificación a la persona contra quien se dicte la medida sea practicada inmediatamente después de la notificación a la AFP. Ante el desconocimiento o duda que presente la AFP del demandado, se ordenará notificar a todas las AFP. De esta manera, la entidad deberá comunicar por medios electrónicos o carta certificada al domicilio informado por el afiliado. La retención tendrá vigencia durante todo el tiempo en que se mantengan las causas, sin necesidad de renovación. En la sesión participaron, la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, quienes expresaron una serie de observaciones de orden formal y técnico para llevar a la práctica la normativa, entre estas, el plazo de 24 horas que se que se establece para que el tribunal resuelva de plano la solicitud, el que fue considerado "poco realista" de parte de la jueza Piñeiro. Asimismo, se puntualizó la excesiva carga laboral del sistema judicial lo que impediría desarrollar una labor rápida y eficiente para lo fines de esta propuesta legal. La comisión acordó que el Ejecutivo y el Poder Judicial avancen durante esta jornada en subsanar dichas limitaciones, al tiempo que los parlamentarios preparen indicaciones para continuar el debate del texto legal en la sesión de este martes 4 de agosto, ante la urgencia de la tramitación.

Inició debate sobre retención del 10% por deuda en pensión de alimentos

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03/08/2020 21:57:32La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados.La comisión de Constitución inició la tramitación del proyecto que modifica la ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia, para incorporar disposiciones transitorias sobre la retención judicial de fondos previsionales y suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro del 10%, en razón de deudas por obligaciones alimentarias. La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados. Recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla de plano, dentro del plazo de 24 horas. De esta forma, en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar de oficio la medida cautelar de retención de los fondos que, el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retirar o pueda solicitar retirar, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación. La medida tendrá efecto desde la notificación de la resolución a la AFP respectiva, y antes de notificarse a la persona contra quien se dicte. Para estos efectos, cuando el tribunal decrete la medida cautelar de retención, dictará resolución ordenando que sea notificada a la AFP respectiva en el más breve plazo y por medios electrónicos, y que la notificación a la persona contra quien se dicte la medida sea practicada inmediatamente después de la notificación a la AFP. Ante el desconocimiento o duda que presente la AFP del demandado, se ordenará notificar a todas las AFP. De esta manera, la entidad deberá comunicar por medios electrónicos o carta certificada al domicilio informado por el afiliado. La retención tendrá vigencia durante todo el tiempo en que se mantengan las causas, sin necesidad de renovación. En la sesión participaron, la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, quienes expresaron una serie de observaciones de orden formal y técnico para llevar a la práctica la normativa, entre estas, el plazo de 24 horas que se que se establece para que el tribunal resuelva de plano la solicitud, el que fue considerado "poco realista" de parte de la jueza Piñeiro. Asimismo, se puntualizó la excesiva carga laboral del sistema judicial lo que impediría desarrollar una labor rápida y eficiente para lo fines de esta propuesta legal. La comisión acordó que el Ejecutivo y el Poder Judicial avancen durante esta jornada en subsanar dichas limitaciones, al tiempo que los parlamentarios preparen indicaciones para continuar el debate del texto legal en la sesión de este martes 4 de agosto, ante la urgencia de la tramitación.

Inició debate sobre retención del 10% por deuda en pensión de alimentos

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03/08/2020 21:57:32La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados.La comisión de Constitución inició la tramitación del proyecto que modifica la ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia, para incorporar disposiciones transitorias sobre la retención judicial de fondos previsionales y suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro del 10%, en razón de deudas por obligaciones alimentarias. La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados. Recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla de plano, dentro del plazo de 24 horas. De esta forma, en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar de oficio la medida cautelar de retención de los fondos que, el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retirar o pueda solicitar retirar, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación. La medida tendrá efecto desde la notificación de la resolución a la AFP respectiva, y antes de notificarse a la persona contra quien se dicte. Para estos efectos, cuando el tribunal decrete la medida cautelar de retención, dictará resolución ordenando que sea notificada a la AFP respectiva en el más breve plazo y por medios electrónicos, y que la notificación a la persona contra quien se dicte la medida sea practicada inmediatamente después de la notificación a la AFP. Ante el desconocimiento o duda que presente la AFP del demandado, se ordenará notificar a todas las AFP. De esta manera, la entidad deberá comunicar por medios electrónicos o carta certificada al domicilio informado por el afiliado. La retención tendrá vigencia durante todo el tiempo en que se mantengan las causas, sin necesidad de renovación. En la sesión participaron, la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, quienes expresaron una serie de observaciones de orden formal y técnico para llevar a la práctica la normativa, entre estas, el plazo de 24 horas que se que se establece para que el tribunal resuelva de plano la solicitud, el que fue considerado "poco realista" de parte de la jueza Piñeiro. Asimismo, se puntualizó la excesiva carga laboral del sistema judicial lo que impediría desarrollar una labor rápida y eficiente para lo fines de esta propuesta legal. La comisión acordó que el Ejecutivo y el Poder Judicial avancen durante esta jornada en subsanar dichas limitaciones, al tiempo que los parlamentarios preparen indicaciones para continuar el debate del texto legal en la sesión de este martes 4 de agosto, ante la urgencia de la tramitación.

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03/08/2020 21:57:32La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados.La comisión de Constitución inició la tramitación del proyecto que modifica la ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia, para incorporar disposiciones transitorias sobre la retención judicial de fondos previsionales y suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro del 10%, en razón de deudas por obligaciones alimentarias. La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados. Recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla de plano, dentro del plazo de 24 horas. De esta forma, en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar de oficio la medida cautelar de retención de los fondos que, el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retirar o pueda solicitar retirar, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación. La medida tendrá efecto desde la notificación de la resolución a la AFP respectiva, y antes de notificarse a la persona contra quien se dicte. Para estos efectos, cuando el tribunal decrete la medida cautelar de retención, dictará resolución ordenando que sea notificada a la AFP respectiva en el más breve plazo y por medios electrónicos, y que la notificación a la persona contra quien se dicte la medida sea practicada inmediatamente después de la notificación a la AFP. Ante el desconocimiento o duda que presente la AFP del demandado, se ordenará notificar a todas las AFP. De esta manera, la entidad deberá comunicar por medios electrónicos o carta certificada al domicilio informado por el afiliado. La retención tendrá vigencia durante todo el tiempo en que se mantengan las causas, sin necesidad de renovación. En la sesión participaron, la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, quienes expresaron una serie de observaciones de orden formal y técnico para llevar a la práctica la normativa, entre estas, el plazo de 24 horas que se que se establece para que el tribunal resuelva de plano la solicitud, el que fue considerado "poco realista" de parte de la jueza Piñeiro. Asimismo, se puntualizó la excesiva carga laboral del sistema judicial lo que impediría desarrollar una labor rápida y eficiente para lo fines de esta propuesta legal. La comisión acordó que el Ejecutivo y el Poder Judicial avancen durante esta jornada en subsanar dichas limitaciones, al tiempo que los parlamentarios preparen indicaciones para continuar el debate del texto legal en la sesión de este martes 4 de agosto, ante la urgencia de la tramitación.

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03/08/2020 21:57:32La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados.La comisión de Constitución inició la tramitación del proyecto que modifica la ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia, para incorporar disposiciones transitorias sobre la retención judicial de fondos previsionales y suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro del 10%, en razón de deudas por obligaciones alimentarias. La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados. Recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla de plano, dentro del plazo de 24 horas. De esta forma, en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar de oficio la medida cautelar de retención de los fondos que, el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retirar o pueda solicitar retirar, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación. La medida tendrá efecto desde la notificación de la resolución a la AFP respectiva, y antes de notificarse a la persona contra quien se dicte. Para estos efectos, cuando el tribunal decrete la medida cautelar de retención, dictará resolución ordenando que sea notificada a la AFP respectiva en el más breve plazo y por medios electrónicos, y que la notificación a la persona contra quien se dicte la medida sea practicada inmediatamente después de la notificación a la AFP. Ante el desconocimiento o duda que presente la AFP del demandado, se ordenará notificar a todas las AFP. De esta manera, la entidad deberá comunicar por medios electrónicos o carta certificada al domicilio informado por el afiliado. La retención tendrá vigencia durante todo el tiempo en que se mantengan las causas, sin necesidad de renovación. En la sesión participaron, la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, quienes expresaron una serie de observaciones de orden formal y técnico para llevar a la práctica la normativa, entre estas, el plazo de 24 horas que se que se establece para que el tribunal resuelva de plano la solicitud, el que fue considerado "poco realista" de parte de la jueza Piñeiro. Asimismo, se puntualizó la excesiva carga laboral del sistema judicial lo que impediría desarrollar una labor rápida y eficiente para lo fines de esta propuesta legal. La comisión acordó que el Ejecutivo y el Poder Judicial avancen durante esta jornada en subsanar dichas limitaciones, al tiempo que los parlamentarios preparen indicaciones para continuar el debate del texto legal en la sesión de este martes 4 de agosto, ante la urgencia de la tramitación.

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03/08/2020 21:57:32La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados.La comisión de Constitución inició la tramitación del proyecto que modifica la ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia, para incorporar disposiciones transitorias sobre la retención judicial de fondos previsionales y suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro del 10%, en razón de deudas por obligaciones alimentarias. La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados. Recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla de plano, dentro del plazo de 24 horas. De esta forma, en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar de oficio la medida cautelar de retención de los fondos que, el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retirar o pueda solicitar retirar, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación. La medida tendrá efecto desde la notificación de la resolución a la AFP respectiva, y antes de notificarse a la persona contra quien se dicte. Para estos efectos, cuando el tribunal decrete la medida cautelar de retención, dictará resolución ordenando que sea notificada a la AFP respectiva en el más breve plazo y por medios electrónicos, y que la notificación a la persona contra quien se dicte la medida sea practicada inmediatamente después de la notificación a la AFP. Ante el desconocimiento o duda que presente la AFP del demandado, se ordenará notificar a todas las AFP. De esta manera, la entidad deberá comunicar por medios electrónicos o carta certificada al domicilio informado por el afiliado. La retención tendrá vigencia durante todo el tiempo en que se mantengan las causas, sin necesidad de renovación. En la sesión participaron, la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, quienes expresaron una serie de observaciones de orden formal y técnico para llevar a la práctica la normativa, entre estas, el plazo de 24 horas que se que se establece para que el tribunal resuelva de plano la solicitud, el que fue considerado "poco realista" de parte de la jueza Piñeiro. Asimismo, se puntualizó la excesiva carga laboral del sistema judicial lo que impediría desarrollar una labor rápida y eficiente para lo fines de esta propuesta legal. La comisión acordó que el Ejecutivo y el Poder Judicial avancen durante esta jornada en subsanar dichas limitaciones, al tiempo que los parlamentarios preparen indicaciones para continuar el debate del texto legal en la sesión de este martes 4 de agosto, ante la urgencia de la tramitación.

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03/08/2020 21:57:32La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados.La comisión de Constitución inició la tramitación del proyecto que modifica la ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia, para incorporar disposiciones transitorias sobre la retención judicial de fondos previsionales y suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro del 10%, en razón de deudas por obligaciones alimentarias. La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados. Recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla de plano, dentro del plazo de 24 horas. De esta forma, en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar de oficio la medida cautelar de retención de los fondos que, el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retirar o pueda solicitar retirar, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación. La medida tendrá efecto desde la notificación de la resolución a la AFP respectiva, y antes de notificarse a la persona contra quien se dicte. Para estos efectos, cuando el tribunal decrete la medida cautelar de retención, dictará resolución ordenando que sea notificada a la AFP respectiva en el más breve plazo y por medios electrónicos, y que la notificación a la persona contra quien se dicte la medida sea practicada inmediatamente después de la notificación a la AFP. Ante el desconocimiento o duda que presente la AFP del demandado, se ordenará notificar a todas las AFP. De esta manera, la entidad deberá comunicar por medios electrónicos o carta certificada al domicilio informado por el afiliado. La retención tendrá vigencia durante todo el tiempo en que se mantengan las causas, sin necesidad de renovación. En la sesión participaron, la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, quienes expresaron una serie de observaciones de orden formal y técnico para llevar a la práctica la normativa, entre estas, el plazo de 24 horas que se que se establece para que el tribunal resuelva de plano la solicitud, el que fue considerado "poco realista" de parte de la jueza Piñeiro. Asimismo, se puntualizó la excesiva carga laboral del sistema judicial lo que impediría desarrollar una labor rápida y eficiente para lo fines de esta propuesta legal. La comisión acordó que el Ejecutivo y el Poder Judicial avancen durante esta jornada en subsanar dichas limitaciones, al tiempo que los parlamentarios preparen indicaciones para continuar el debate del texto legal en la sesión de este martes 4 de agosto, ante la urgencia de la tramitación.

Inició debate sobre retención del 10% por deuda en pensión de alimentos

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03/08/2020 21:57:32La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados.La comisión de Constitución inició la tramitación del proyecto que modifica la ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia, para incorporar disposiciones transitorias sobre la retención judicial de fondos previsionales y suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro del 10%, en razón de deudas por obligaciones alimentarias. La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados. Recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla de plano, dentro del plazo de 24 horas. De esta forma, en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar de oficio la medida cautelar de retención de los fondos que, el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retirar o pueda solicitar retirar, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación. La medida tendrá efecto desde la notificación de la resolución a la AFP respectiva, y antes de notificarse a la persona contra quien se dicte. Para estos efectos, cuando el tribunal decrete la medida cautelar de retención, dictará resolución ordenando que sea notificada a la AFP respectiva en el más breve plazo y por medios electrónicos, y que la notificación a la persona contra quien se dicte la medida sea practicada inmediatamente después de la notificación a la AFP. Ante el desconocimiento o duda que presente la AFP del demandado, se ordenará notificar a todas las AFP. De esta manera, la entidad deberá comunicar por medios electrónicos o carta certificada al domicilio informado por el afiliado. La retención tendrá vigencia durante todo el tiempo en que se mantengan las causas, sin necesidad de renovación. En la sesión participaron, la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, quienes expresaron una serie de observaciones de orden formal y técnico para llevar a la práctica la normativa, entre estas, el plazo de 24 horas que se que se establece para que el tribunal resuelva de plano la solicitud, el que fue considerado "poco realista" de parte de la jueza Piñeiro. Asimismo, se puntualizó la excesiva carga laboral del sistema judicial lo que impediría desarrollar una labor rápida y eficiente para lo fines de esta propuesta legal. La comisión acordó que el Ejecutivo y el Poder Judicial avancen durante esta jornada en subsanar dichas limitaciones, al tiempo que los parlamentarios preparen indicaciones para continuar el debate del texto legal en la sesión de este martes 4 de agosto, ante la urgencia de la tramitación.

Inició debate sobre retención del 10% por deuda en pensión de alimentos

Inició debate sobre retención del 10% por deuda en pensión de alimentos

03/08/2020 21:57:32La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados.La comisión de Constitución inició la tramitación del proyecto que modifica la ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia, para incorporar disposiciones transitorias sobre la retención judicial de fondos previsionales y suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro del 10%, en razón de deudas por obligaciones alimentarias. La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados. Recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla de plano, dentro del plazo de 24 horas. De esta forma, en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar de oficio la medida cautelar de retención de los fondos que, el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retirar o pueda solicitar retirar, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación. La medida tendrá efecto desde la notificación de la resolución a la AFP respectiva, y antes de notificarse a la persona contra quien se dicte. Para estos efectos, cuando el tribunal decrete la medida cautelar de retención, dictará resolución ordenando que sea notificada a la AFP respectiva en el más breve plazo y por medios electrónicos, y que la notificación a la persona contra quien se dicte la medida sea practicada inmediatamente después de la notificación a la AFP. Ante el desconocimiento o duda que presente la AFP del demandado, se ordenará notificar a todas las AFP. De esta manera, la entidad deberá comunicar por medios electrónicos o carta certificada al domicilio informado por el afiliado. La retención tendrá vigencia durante todo el tiempo en que se mantengan las causas, sin necesidad de renovación. En la sesión participaron, la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, quienes expresaron una serie de observaciones de orden formal y técnico para llevar a la práctica la normativa, entre estas, el plazo de 24 horas que se que se establece para que el tribunal resuelva de plano la solicitud, el que fue considerado "poco realista" de parte de la jueza Piñeiro. Asimismo, se puntualizó la excesiva carga laboral del sistema judicial lo que impediría desarrollar una labor rápida y eficiente para lo fines de esta propuesta legal. La comisión acordó que el Ejecutivo y el Poder Judicial avancen durante esta jornada en subsanar dichas limitaciones, al tiempo que los parlamentarios preparen indicaciones para continuar el debate del texto legal en la sesión de este martes 4 de agosto, ante la urgencia de la tramitación.

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03/08/2020 21:57:32La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados.La comisión de Constitución inició la tramitación del proyecto que modifica la ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia, para incorporar disposiciones transitorias sobre la retención judicial de fondos previsionales y suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro del 10%, en razón de deudas por obligaciones alimentarias. La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados. Recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla de plano, dentro del plazo de 24 horas. De esta forma, en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar de oficio la medida cautelar de retención de los fondos que, el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retirar o pueda solicitar retirar, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación. La medida tendrá efecto desde la notificación de la resolución a la AFP respectiva, y antes de notificarse a la persona contra quien se dicte. Para estos efectos, cuando el tribunal decrete la medida cautelar de retención, dictará resolución ordenando que sea notificada a la AFP respectiva en el más breve plazo y por medios electrónicos, y que la notificación a la persona contra quien se dicte la medida sea practicada inmediatamente después de la notificación a la AFP. Ante el desconocimiento o duda que presente la AFP del demandado, se ordenará notificar a todas las AFP. De esta manera, la entidad deberá comunicar por medios electrónicos o carta certificada al domicilio informado por el afiliado. La retención tendrá vigencia durante todo el tiempo en que se mantengan las causas, sin necesidad de renovación. En la sesión participaron, la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, quienes expresaron una serie de observaciones de orden formal y técnico para llevar a la práctica la normativa, entre estas, el plazo de 24 horas que se que se establece para que el tribunal resuelva de plano la solicitud, el que fue considerado "poco realista" de parte de la jueza Piñeiro. Asimismo, se puntualizó la excesiva carga laboral del sistema judicial lo que impediría desarrollar una labor rápida y eficiente para lo fines de esta propuesta legal. La comisión acordó que el Ejecutivo y el Poder Judicial avancen durante esta jornada en subsanar dichas limitaciones, al tiempo que los parlamentarios preparen indicaciones para continuar el debate del texto legal en la sesión de este martes 4 de agosto, ante la urgencia de la tramitación.

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03/08/2020 21:57:32La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados.La comisión de Constitución inició la tramitación del proyecto que modifica la ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia, para incorporar disposiciones transitorias sobre la retención judicial de fondos previsionales y suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro del 10%, en razón de deudas por obligaciones alimentarias. La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados. Recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla de plano, dentro del plazo de 24 horas. De esta forma, en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar de oficio la medida cautelar de retención de los fondos que, el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retirar o pueda solicitar retirar, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación. La medida tendrá efecto desde la notificación de la resolución a la AFP respectiva, y antes de notificarse a la persona contra quien se dicte. Para estos efectos, cuando el tribunal decrete la medida cautelar de retención, dictará resolución ordenando que sea notificada a la AFP respectiva en el más breve plazo y por medios electrónicos, y que la notificación a la persona contra quien se dicte la medida sea practicada inmediatamente después de la notificación a la AFP. Ante el desconocimiento o duda que presente la AFP del demandado, se ordenará notificar a todas las AFP. De esta manera, la entidad deberá comunicar por medios electrónicos o carta certificada al domicilio informado por el afiliado. La retención tendrá vigencia durante todo el tiempo en que se mantengan las causas, sin necesidad de renovación. En la sesión participaron, la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, quienes expresaron una serie de observaciones de orden formal y técnico para llevar a la práctica la normativa, entre estas, el plazo de 24 horas que se que se establece para que el tribunal resuelva de plano la solicitud, el que fue considerado "poco realista" de parte de la jueza Piñeiro. Asimismo, se puntualizó la excesiva carga laboral del sistema judicial lo que impediría desarrollar una labor rápida y eficiente para lo fines de esta propuesta legal. La comisión acordó que el Ejecutivo y el Poder Judicial avancen durante esta jornada en subsanar dichas limitaciones, al tiempo que los parlamentarios preparen indicaciones para continuar el debate del texto legal en la sesión de este martes 4 de agosto, ante la urgencia de la tramitación.

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03/08/2020 21:57:32La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados.La comisión de Constitución inició la tramitación del proyecto que modifica la ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia, para incorporar disposiciones transitorias sobre la retención judicial de fondos previsionales y suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro del 10%, en razón de deudas por obligaciones alimentarias. La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados. Recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla de plano, dentro del plazo de 24 horas. De esta forma, en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar de oficio la medida cautelar de retención de los fondos que, el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retirar o pueda solicitar retirar, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación. La medida tendrá efecto desde la notificación de la resolución a la AFP respectiva, y antes de notificarse a la persona contra quien se dicte. Para estos efectos, cuando el tribunal decrete la medida cautelar de retención, dictará resolución ordenando que sea notificada a la AFP respectiva en el más breve plazo y por medios electrónicos, y que la notificación a la persona contra quien se dicte la medida sea practicada inmediatamente después de la notificación a la AFP. Ante el desconocimiento o duda que presente la AFP del demandado, se ordenará notificar a todas las AFP. De esta manera, la entidad deberá comunicar por medios electrónicos o carta certificada al domicilio informado por el afiliado. La retención tendrá vigencia durante todo el tiempo en que se mantengan las causas, sin necesidad de renovación. En la sesión participaron, la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, quienes expresaron una serie de observaciones de orden formal y técnico para llevar a la práctica la normativa, entre estas, el plazo de 24 horas que se que se establece para que el tribunal resuelva de plano la solicitud, el que fue considerado "poco realista" de parte de la jueza Piñeiro. Asimismo, se puntualizó la excesiva carga laboral del sistema judicial lo que impediría desarrollar una labor rápida y eficiente para lo fines de esta propuesta legal. La comisión acordó que el Ejecutivo y el Poder Judicial avancen durante esta jornada en subsanar dichas limitaciones, al tiempo que los parlamentarios preparen indicaciones para continuar el debate del texto legal en la sesión de este martes 4 de agosto, ante la urgencia de la tramitación.

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03/08/2020 21:57:32La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados.La comisión de Constitución inició la tramitación del proyecto que modifica la ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia, para incorporar disposiciones transitorias sobre la retención judicial de fondos previsionales y suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro del 10%, en razón de deudas por obligaciones alimentarias. La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados. Recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla de plano, dentro del plazo de 24 horas. De esta forma, en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar de oficio la medida cautelar de retención de los fondos que, el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retirar o pueda solicitar retirar, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación. La medida tendrá efecto desde la notificación de la resolución a la AFP respectiva, y antes de notificarse a la persona contra quien se dicte. Para estos efectos, cuando el tribunal decrete la medida cautelar de retención, dictará resolución ordenando que sea notificada a la AFP respectiva en el más breve plazo y por medios electrónicos, y que la notificación a la persona contra quien se dicte la medida sea practicada inmediatamente después de la notificación a la AFP. Ante el desconocimiento o duda que presente la AFP del demandado, se ordenará notificar a todas las AFP. De esta manera, la entidad deberá comunicar por medios electrónicos o carta certificada al domicilio informado por el afiliado. La retención tendrá vigencia durante todo el tiempo en que se mantengan las causas, sin necesidad de renovación. En la sesión participaron, la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, quienes expresaron una serie de observaciones de orden formal y técnico para llevar a la práctica la normativa, entre estas, el plazo de 24 horas que se que se establece para que el tribunal resuelva de plano la solicitud, el que fue considerado "poco realista" de parte de la jueza Piñeiro. Asimismo, se puntualizó la excesiva carga laboral del sistema judicial lo que impediría desarrollar una labor rápida y eficiente para lo fines de esta propuesta legal. La comisión acordó que el Ejecutivo y el Poder Judicial avancen durante esta jornada en subsanar dichas limitaciones, al tiempo que los parlamentarios preparen indicaciones para continuar el debate del texto legal en la sesión de este martes 4 de agosto, ante la urgencia de la tramitación.

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03/08/2020 21:57:32La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados.La comisión de Constitución inició la tramitación del proyecto que modifica la ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia, para incorporar disposiciones transitorias sobre la retención judicial de fondos previsionales y suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro del 10%, en razón de deudas por obligaciones alimentarias. La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados. Recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla de plano, dentro del plazo de 24 horas. De esta forma, en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar de oficio la medida cautelar de retención de los fondos que, el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retirar o pueda solicitar retirar, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación. La medida tendrá efecto desde la notificación de la resolución a la AFP respectiva, y antes de notificarse a la persona contra quien se dicte. Para estos efectos, cuando el tribunal decrete la medida cautelar de retención, dictará resolución ordenando que sea notificada a la AFP respectiva en el más breve plazo y por medios electrónicos, y que la notificación a la persona contra quien se dicte la medida sea practicada inmediatamente después de la notificación a la AFP. Ante el desconocimiento o duda que presente la AFP del demandado, se ordenará notificar a todas las AFP. De esta manera, la entidad deberá comunicar por medios electrónicos o carta certificada al domicilio informado por el afiliado. La retención tendrá vigencia durante todo el tiempo en que se mantengan las causas, sin necesidad de renovación. En la sesión participaron, la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, quienes expresaron una serie de observaciones de orden formal y técnico para llevar a la práctica la normativa, entre estas, el plazo de 24 horas que se que se establece para que el tribunal resuelva de plano la solicitud, el que fue considerado "poco realista" de parte de la jueza Piñeiro. Asimismo, se puntualizó la excesiva carga laboral del sistema judicial lo que impediría desarrollar una labor rápida y eficiente para lo fines de esta propuesta legal. La comisión acordó que el Ejecutivo y el Poder Judicial avancen durante esta jornada en subsanar dichas limitaciones, al tiempo que los parlamentarios preparen indicaciones para continuar el debate del texto legal en la sesión de este martes 4 de agosto, ante la urgencia de la tramitación.

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03/08/2020 21:57:32La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados.La comisión de Constitución inició la tramitación del proyecto que modifica la ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia, para incorporar disposiciones transitorias sobre la retención judicial de fondos previsionales y suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro del 10%, en razón de deudas por obligaciones alimentarias. La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados. Recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla de plano, dentro del plazo de 24 horas. De esta forma, en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar de oficio la medida cautelar de retención de los fondos que, el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retirar o pueda solicitar retirar, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación. La medida tendrá efecto desde la notificación de la resolución a la AFP respectiva, y antes de notificarse a la persona contra quien se dicte. Para estos efectos, cuando el tribunal decrete la medida cautelar de retención, dictará resolución ordenando que sea notificada a la AFP respectiva en el más breve plazo y por medios electrónicos, y que la notificación a la persona contra quien se dicte la medida sea practicada inmediatamente después de la notificación a la AFP. Ante el desconocimiento o duda que presente la AFP del demandado, se ordenará notificar a todas las AFP. De esta manera, la entidad deberá comunicar por medios electrónicos o carta certificada al domicilio informado por el afiliado. La retención tendrá vigencia durante todo el tiempo en que se mantengan las causas, sin necesidad de renovación. En la sesión participaron, la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, quienes expresaron una serie de observaciones de orden formal y técnico para llevar a la práctica la normativa, entre estas, el plazo de 24 horas que se que se establece para que el tribunal resuelva de plano la solicitud, el que fue considerado "poco realista" de parte de la jueza Piñeiro. Asimismo, se puntualizó la excesiva carga laboral del sistema judicial lo que impediría desarrollar una labor rápida y eficiente para lo fines de esta propuesta legal. La comisión acordó que el Ejecutivo y el Poder Judicial avancen durante esta jornada en subsanar dichas limitaciones, al tiempo que los parlamentarios preparen indicaciones para continuar el debate del texto legal en la sesión de este martes 4 de agosto, ante la urgencia de la tramitación.

Inició debate sobre retención del 10% por deuda en pensión de alimentos

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03/08/2020 21:57:32La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados.La comisión de Constitución inició la tramitación del proyecto que modifica la ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia, para incorporar disposiciones transitorias sobre la retención judicial de fondos previsionales y suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro del 10%, en razón de deudas por obligaciones alimentarias. La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados. Recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla de plano, dentro del plazo de 24 horas. De esta forma, en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar de oficio la medida cautelar de retención de los fondos que, el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retirar o pueda solicitar retirar, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación. La medida tendrá efecto desde la notificación de la resolución a la AFP respectiva, y antes de notificarse a la persona contra quien se dicte. Para estos efectos, cuando el tribunal decrete la medida cautelar de retención, dictará resolución ordenando que sea notificada a la AFP respectiva en el más breve plazo y por medios electrónicos, y que la notificación a la persona contra quien se dicte la medida sea practicada inmediatamente después de la notificación a la AFP. Ante el desconocimiento o duda que presente la AFP del demandado, se ordenará notificar a todas las AFP. De esta manera, la entidad deberá comunicar por medios electrónicos o carta certificada al domicilio informado por el afiliado. La retención tendrá vigencia durante todo el tiempo en que se mantengan las causas, sin necesidad de renovación. En la sesión participaron, la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, quienes expresaron una serie de observaciones de orden formal y técnico para llevar a la práctica la normativa, entre estas, el plazo de 24 horas que se que se establece para que el tribunal resuelva de plano la solicitud, el que fue considerado "poco realista" de parte de la jueza Piñeiro. Asimismo, se puntualizó la excesiva carga laboral del sistema judicial lo que impediría desarrollar una labor rápida y eficiente para lo fines de esta propuesta legal. La comisión acordó que el Ejecutivo y el Poder Judicial avancen durante esta jornada en subsanar dichas limitaciones, al tiempo que los parlamentarios preparen indicaciones para continuar el debate del texto legal en la sesión de este martes 4 de agosto, ante la urgencia de la tramitación.

Inició debate sobre retención del 10% por deuda en pensión de alimentos

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03/08/2020 21:57:32La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados.La comisión de Constitución inició la tramitación del proyecto que modifica la ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia, para incorporar disposiciones transitorias sobre la retención judicial de fondos previsionales y suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro del 10%, en razón de deudas por obligaciones alimentarias. La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados. Recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla de plano, dentro del plazo de 24 horas. De esta forma, en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar de oficio la medida cautelar de retención de los fondos que, el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retirar o pueda solicitar retirar, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación. La medida tendrá efecto desde la notificación de la resolución a la AFP respectiva, y antes de notificarse a la persona contra quien se dicte. Para estos efectos, cuando el tribunal decrete la medida cautelar de retención, dictará resolución ordenando que sea notificada a la AFP respectiva en el más breve plazo y por medios electrónicos, y que la notificación a la persona contra quien se dicte la medida sea practicada inmediatamente después de la notificación a la AFP. Ante el desconocimiento o duda que presente la AFP del demandado, se ordenará notificar a todas las AFP. De esta manera, la entidad deberá comunicar por medios electrónicos o carta certificada al domicilio informado por el afiliado. La retención tendrá vigencia durante todo el tiempo en que se mantengan las causas, sin necesidad de renovación. En la sesión participaron, la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, quienes expresaron una serie de observaciones de orden formal y técnico para llevar a la práctica la normativa, entre estas, el plazo de 24 horas que se que se establece para que el tribunal resuelva de plano la solicitud, el que fue considerado "poco realista" de parte de la jueza Piñeiro. Asimismo, se puntualizó la excesiva carga laboral del sistema judicial lo que impediría desarrollar una labor rápida y eficiente para lo fines de esta propuesta legal. La comisión acordó que el Ejecutivo y el Poder Judicial avancen durante esta jornada en subsanar dichas limitaciones, al tiempo que los parlamentarios preparen indicaciones para continuar el debate del texto legal en la sesión de este martes 4 de agosto, ante la urgencia de la tramitación.