martes, 16 de agosto de 2016

Condenan a automotora por vender un auto refaccionado como un vehículo nuevo

Condenan a automotora por vender un auto refaccionado como un vehículo nuevo

16/08/2016 12:50:00Justicia determinó que la empresa Bruno Fritsch debe pagar $20 millones a un comprador por una serie de infracciones a la Ley de Derechos del Consumidor.La justicia condenó a la empresa concesionaria Bruno Fritsch a pagar una indemnización de 20 millones de pesos a un consumidor que compró una camioneta que fue vendida como nueva, pero que finalmente había sido refaccionada. Se trata de un vehículo marca Hyundai, modelo Tucson, por la que el afectado pagó $14.190.000 en el 2014. Los problemas empezaron cuando el usuario se llevó el auto a su domicilio y sintió un ruido molesto tras lo cual revisó el vehículo. Ahí se percató que los focos traseros se encontraban desnivelados, además de presentar tonalidades de pintura distintas. Con estos datos contrató los servicios de un perito judicial, que confirmó las dudas y determinó además que el tubo de escape había sido reparado. Según un comunicado del Sernac, con estos antecedentes, el consumidor acudió al taller de la marca, donde se le informó que el vehículo no era nuevo, sino que había sido reparado, y que los problemas venían desde la fábrica en Corea, y que al llegar a Chile el control de calidad de Bruno Fritsch no detectó el problema. Ante la decepción, en el taller sólo le ofrecieron gestionar el cambio por un nuevo vehículo pero de menor valor y que no contaba con la misma tecnología, posibilidad que el afectado rechazó. Posteriormente, el consumidor solicitó a Bruno Fritsch la devolución del dinero o el cambio del automóvil por otro igual, petición que no fue atendida por la empresa. Luego, la camioneta presentó otros problemas de funcionamiento, como vibración del volante al circular por sobre los 80 kilómetros por hora, siendo nuevamente los reclamos desestimados por la automotora, por lo que el consumidor decidió exigir sus derechos ante la justicia, interponiendo una denuncia ante el Juzgado de Policía Local de Paine, instancia donde el Sernac se hizo parte. El tribunal, tras analizar los antecedentes del caso, estableció que la empresa infringió la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC), al no entregar información veraz y oportuna al consumidor, al no respetar las condiciones ofrecidas al momento de adquirir el vehículo y al negar el derecho a la garantía legal, en este caso, el cambio o la devolución del dinero, debido a que la camioneta no era apta para el uso normal. Pese a lo contundente del fallo de primera instancia, la batalla judicial continuó en la Corte de Apelaciones, tribunal que ratificó el fallo de primera instancia. Finalmente, Bruno Fritsch interpuso un recurso de queja ante la Corte Suprema, el cual fue desestimado. En definitiva, la justicia condenó a la concesionaria al pago de una indemnización de $14.190.000 al afectado por daño directo, esto es, el monto que pagó por el vehículo, además de $6.000.000 por daño moral, esto es, las molestias que padeció debido a este problema. Por su parte, el consumidor tuvo que devolver el vehículo a la empresa.

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