martes, 29 de noviembre de 2016

Las recomendaciones del Sernac para las compras navideñas

Las recomendaciones del Sernac para las compras navideñas

29/11/2016 14:01:00La clave es comprar en el comercio establecido y cotizar antes de adquirir los productos.El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) entregó una serie de recomendaciones para las compras navideñas, tanto en forma presencial como por internet. - Comprar productos sólo en el comercio establecido. - No comprar juguetes que no tengan la información en castellano ni instrucciones para su uso seguro. - No poner en las manos de los niños juguetes que no sean para su edad y que por ello puedan ser peligrosos. - Tener en cuenta la edad y capacidad del niño. Preferir los juguetes que incentiven su imaginación y creatividad. - Preferir los juguetes que identifican marca, origen y nombre del fabricante, importador o distribuidor. - Poner atención a las advertencias. Fijarse en las recomendaciones de edad, de supervisión y de contenido de partes pequeñas, imanes o pilas. - Los envases no deben contener partes cortantes ni punzantes, ni constituir riesgo de asfixia. - Comprar cascos o equipos de seguridad si va a regalar una bicicleta, patines o similares. - Revisar periódicamente el estado de los juguetes y retirar aquellos que muestren signos de deterioro. - No comprar productos en la calle ni en el comercio informal. - No comprar productos que estén sin envases, que no tengan rotulación, que su rotulación esté en otro idioma, con envases abiertos o rotos. Si realiza compras por internet, el Sernac recomendó a los consumidores privilegiar a aquellas empresas que cuentan al menos con una representación en el país, para así tener a quién acudir en caso de problemas. Si se arrepiente de la compra, puede hacerlo dentro de los 10 días desde que recibió el producto o contrató el servicio, siempre que la empresa no informe lo contrario. Si va a solicitar un crédito, el Sernac aconsejó cotizar, de manera de comparar con lo que ofrecen otras entidades. También es importante fijarse en la Carga anual equivalente (CAE) y no sólo en la cuota que pagará a fin de mes. Además se debe tomar en cuenta el Costo Total del Crédito, que es el monto total que debe asumir el consumidor, y que corresponde a la suma de todos los pagos periódicos definidos como valor de la cuota en función del plazo acordado, incluyendo cualquier pago en el periodo inicial. Finalmente, respecto a la garantía, los consumidores pueden optar al cambio de producto, reparación gratuita o devolución de lo pagado si es que el producto sale malo o se echa a perder con su uso normal, dentro de los primeros tres meses desde que hizo la compra.

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