martes, 3 de enero de 2017

Cámara de Diputados ratificó ley cruzada de órganos en vida

Cámara de Diputados ratificó ley cruzada de órganos en vida

03/01/2017 16:12:00Este proyecto que quedó ad portas de convertirse en ley, busca aumentar las posibilidades para el trasplante, al contar con la donación en vida de órganos entre personas que no sean familiares. En Chile la normativa de la donación de órganos (ley 19.451), establece que sólo se pueden ceder tejidos si el donante está muerto o en el caso que esté vivo, entre cónyuges, convivientes o parientes consanguíneos. Sin embargo, este martes la Cámara de Diputados aprobó con 101 votos un proyecto de ley que amplía la donación cruzada de órganos. Uno de los objetivos de éste mismo es reducir los tiempos de espera para encontrar riñones, pulmones, hígados, intestinos y páncreas, que son los órganos que la normativa permite ceder desde donantes vivos. Este proyecto que ahora queda ad portas de convertirse en ley consiste en ubicar a otra pareja donante-receptor que tampoco sean compatibles entre ellos, pero que sí lo sean de forma cruzada. Por ejemplo, si un padre quiere donar un hígado a su hijo pero no son compatibles, se buscará a otra pareja que necesite un hígado y se intercambiarán los donantes. El padre cederá el hígado a otra persona que necesite un trasplante y el familiar de esa persona se lo donará a su hijo. Además, también se autoriza la donación cruzada de órganos en los casos en que no existan las condiciones médicas favorables para el trasplante de órganos entre parientes o personas relacionadas vivas. En ambos casos, el proceso será posible cuando sea de forma voluntaria y entre parejas desconocidas. Para ello, deberán estar inscritas en un registro nacional de parejas donante-receptor, que se creará a cargo del Instituto de Salud Pública bajo la respectiva norma de confidencialidad. Este proyecto también incluye la figura del "donante altruista", que consiste en la extracción de órganos de una persona viva, de forma voluntaria, con la finalidad de trasplantarlos a una persona designada en el registro nacional de potenciales receptores. El texto legal fue presentado inicialmente por los senadores Carolina Goic, Francisco Chahuán y Guido Girardi.

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