viernes, 7 de abril de 2017

Justicia confirmó multa contra Laboratorios Prater por incumplir norma de rotulado de endulzantes

Justicia confirmó multa contra Laboratorios Prater por incumplir norma de rotulado de endulzantes

06/04/2017 16:56:31La Corte de Apelaciones ratificó la sanción de 70 UTM contra la empresa, que elabora productos de la marca Endolce, Naturalist y Dul-Suc Familia.La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una sentencia dictada por el Vigésimo Séptimo Juzgado Civil, que sancionó con una multa de 70 UTM (unidades tributarias mensuales) a Laboratorios Prater, esto por incumplimientos en el rotulado de endulzantes. En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dobra Lusic, María Soledad Melo y Juan Antonio Poblete– descartó infracción de ley en la sentencia que ratificó la sanción aplicada por la Secretaría Regional Metropolitana (Seremi) de Salud a la empresa farmacéutica. La resolución de primera instancia, dictada por la jueza Ximena Díaz Guzmán, rechazó la reclamación presentada por el laboratorio que fue sancionado en 2015, tras un proceso de fiscalización de etiquetado de diversos tipos de endulzantes. La resolución afirmó que: "en los descargos hechos ante la autoridad sanitaria con fecha 15 de julio de 2014 y 9 de diciembre de 2014, la reclamante no desvirtuó los cargos hechos en los sumarios N° 3134-2014 y N° 5446-2014, sino que solicitó un plazo para corregir la rotulación de los productos por los cuales se le sumarió y las tres actas a que se hace referencia en el considerando precedente son posteriores a la sentencia de fecha 5 de enero de 2015, en que se le aplicó la multa a Laboratorios Prater S.A. ascendente a 70 UTM mensuales, en su equivalente a la fecha del pago, razones por las cuales procede rechazar la presente reclamación". Laboratorios Prater elabora diversos productos farmacéuticos disponibles en el mercado, entre ellos las marcas de endulzantes Endolce, Naturalist y Dul-Suc Familia.

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