martes, 25 de julio de 2017

Confirmaron multa de $1.600 millones a Patricio Contesse por el caso Cascadas

Confirmaron multa de $1.600 millones a Patricio Contesse por el caso Cascadas

25/07/2017 13:25:00La sanción se le aplicó por haber favorecido a sociedades relacionadas a Potasios en el remate de paquetes accionarios en la bolsa de valores, en 2011.El Segundo Juzgado Civil de Santiago confirmó la multa de 60.000 UF, unos $1.600 millones, aplicada por la Superintendencia de Valores y Seguros a Patricio Contesse Fica, por infracciones a la ley de sociedades anónimas que cometió como gerente general de la sociedad Potasios Chile. La sanción se le aplicó por haber favorecido a sociedades relacionadas a Potasios en el remate de paquetes accionarios en la bolsa de valores, en 2011. La Justicia rechazó su recurso de reclamación y estableció que sus acciones obedecieron a "un esquema coordinado, y no casual de operaciones". El fallo establece "que el sujetarse determinadas transacciones de paquetes accionarios a las condiciones del mercado, implica necesariamente que se convoque a la mayor cantidad posible de oferentes interesados en participar de dichas operaciones, lo cual adquiere aún más relevancia tratándose del volumen y cuantía de las acciones de las Sociedades Cascadas cuya venta se ofrecía. Lo anterior, sin embargo, no puede advertirse a partir del estudio de los diversos antecedentes que fueron acompañados al expediente administrativo y ante esta instancia, pudiendo colegirse, por el contrario, que las referidas enajenaciones estuvieron diseñadas desde un inicio para que solo determinadas Sociedades Cascadas, Vinculadas o Relacionadas fueran sus adquirentes finales, para lo cual bastaba con ejecutar dichas operaciones bajo los requerimientos mínimos de la reglamentación bursátil, los cuales dificultaban prácticamente de manera absoluta el que cualquier otro agente interesado pudiera gestionar en un periodo acotadísimo de tiempo los dineros necesarios para poder pujar con las sociedades antes indicadas en los remates realizados en la bolsa de valores, situación que incluso reconoce y describe el propio reclamante en la foja 58 de su libelo". La resolución agrega que: "las compras de acciones Calichera-A, en noviembre de 2011, cuyas contrapartes fueron Norte Grande e Inversiones SQ, ambas controladas por el señor Julio Ponce Lerou, de acuerdo al historial de transacciones bursátiles establecido y tenido a la vista por la SVS en la Resolución Exenta N° 223, se realizaron a un valor de $ 1.065 por acción, en circunstancias de que las mismas habían sido previamente compradas por el controlador de las Sociedades Cascada a $ 726. La diferencia entre los valores antes establecidos no se encuentra justificada por ningún antecedente objetivo aportado en autos. Esto último, sumado a la circunstancia de haberse realizado dicha transacción bajo condiciones de mercado con importantes y excluyentes barreras de entrada, permite deducir que la actuación del señor Contesse, en tanto gerente general de Potasios de Chile, obedeció a un esquema coordinado, y no casual de operaciones, por medio del cual se afectó el patrimonio de la referida sociedad, en el cual participaban diversos accionistas, distintos estos de aquel que se benefició directamente como contraparte de la referida transacción. A iguales conclusiones pueden arribarse tratándose de la compra de acciones SQM-A que Potasios de Chile realizó en octubre de 2011, y cuya contraparte fue Oro Blanco, toda vez que esta se materializó bajo similares condiciones que la operación anterior". El texto concluye que "la realización de las actuaciones reprochadas al señor Contesse obedecieron todas ellas y fueron funcionales permanente e invariablemente al interés del señor Julio Ponce Lerou y al de las Sociedades Relacionadas, Vinculadas e Instrumentales, a la vez que contrarias al interés social de Potasios de Chile, lo cual prohíbe y sanciona expresamente la Ley 18.046 en las normas reseñadas en el considerando vigésimo segundo".

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