viernes, 11 de agosto de 2017

Corte de Apelaciones confirmó millonaria multa a TVN por entrevista a vidente brasileño

Corte de Apelaciones confirmó millonaria multa a TVN por entrevista a vidente brasileño

11/08/2017 17:24:15El tribunal ratificó los 250 UTM (cerca de $11.650.000) que le aplicó el CNTV a la señal, que emitió una catastrófica "predicción" de Carlinhos en el matinal "Muy Buenos Días".La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 250 UTM (cerca de $11.650.000) aplicada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) en contra de TVN, señal que a través del matinal "Muy Buenos Días" emitió una catastrófica "predicción" para Chile en una entrevista al supuesto vidente brasileño Carlinhos. En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jessica González, Enrique Durán y María Paula Merino– ratificó la sanción aplicada a canal por la difusión las premoniciones, por considerar que dicha emisión contraviene las normas sobre contenidos televisivos y el interés superior y la dignidad de los menores que consagra la Convención de Derechos del Niño. "Que los hechos del programa de que se trata sin duda contrarían la prohibición expresa contenida en el artículo 7° de las Normas Generales sobre Contenido de las Emisiones de Televisión, normas de protección general que deben brindar los medios de comunicación social. En este orden de ideas cabe señalar que la información noticiosa, en los términos constatados por el CNTV, no solo infringe las normas del correcto funcionamiento de los servicios de televisión, sino importa también una infracción a las disposiciones de la Convención Internacional de los Derechos del Niño que el Estado de Chile está obligado a amparar y proteger. En efecto, la emisión del programa vulnera el interés superior de los menores, consagrado en el orden nacional e internacional, lo que se traduce en una conculcación grave al derecho a la salud física y psíquica de los menores de edad", establece el fallo. La resolución agregó que "los hechos de la causa dan cuenta de las faltas en que incurrió el recurrente quien en su programación debe procurar el "permanente respeto", entre otros valores a la formación espiritual e intelectual de la niñez, como lo dispone el artículo 1° de la Ley N° 18.838. Lo anterior en manera alguna puede calificarse como una forma de intromisión en la programación del servicio de televisión, por cuanto no se restringe aquella facultad y tampoco se impide o limita el derecho a la libertad de opinión e informar, consagrado en el artículo 19 numeral 12 de la Carta Fundamental, pues se sanciona la forma ilegal de entregar una comunicación noticiosa en horario de protección a niños y niñas menores de 18 años". La presencia del brasileño en el matinal ocurrió luego del terremoto que en diciembre de 2016 afectó a la Isla Grande de Chiloé. Allí, el vidente aseguró que nuestro país enfrentaría una supuesta catástrofe con miles de víctimas. Estos dichos generaron repudio y múltiples denuncias en contra del espacio que por ese entonces conducía Javiera Contador.

No hay comentarios:

Publicar un comentario