jueves, 21 de diciembre de 2017

Minsal envió a Contraloría el reglamento del aborto en tres causales

Minsal envió a Contraloría el reglamento del aborto en tres causales

21/12/2017 19:25:30El organismo revisará la ley a partir de hoy. Hubo cuestionamientos por la tardanza en la presentación por parte del Gobierno.El Ministerio de Salud confirmó que hoy envió el reglamento de la Ley de Aborto, que permite la interrupción del embarazo en tres causales, a la Contraloría General de la República. El organismo iniciará la revisión del Reglamento de las Prestaciones Incluidas en el Programa de Acompañamiento y Materias Afines, el que está junto con la ley. El Gobierno tenía un plazo de 90 días para la presentación luego de la publicación de la ley, el 23 de septiembre del presente año. Dicho plazo se logró cumplir no sin antes recibir críticas por parte de algunas organizaciones, quienes criticaron la tardanza del Ejecutivo en las acciones que permitan la ejecución de la legislación. La ley aprobada por el Congreso permite la interrupción del embarazo en las siguientes causales:1- Peligro para la vida de la mujer: Cuando la vida de la mujer embarazada se encuentre en riesgo, ella tendrá acceso a los tratamientos médicos necesarios para preservar su vida, aunque estos impliquen la interrupción del embarazo. Para ello, se deberá contar con el respectivo diagnóstico médico. La expresión "riesgo vital" significa que se permite la interrupción para poner fin a un embarazo que llevará a la muerte a la madre si no se interviene. Esta causal no tiene plazo, ya que se puede presentar a lo largo de toda la gestación. 2- Inviabilidad fetal de carácter letal: Esta causal permite que en los casos en que el diagnóstico médico determina que el embrión o feto padece una alteración estructural congénita o genética de carácter letal, la mujer podrá decidir si interrumpe o no su embarazo. Como el embrión o feto no logrará sobrevivir fuera del útero, la interrupción del embarazo no está supeditada a plazos, sino a la decisión de la mujer. Para realizar la intervención se deberá contar con dos diagnósticos en igual sentido de médicos especialistas. Todo diagnóstico deberá constar por escrito y realizarse en forma previa. 3- Embarazo por violación: Esta causal establece que se podrá interrumpir el embarazo cuando éste sea resultado de una violación. En estas circunstancias, si la mujer no quiere seguir adelante con el embarazo, no se le puede exigir que lo continúe. La ley establece como plazo que no hayan transcurrido más de 12 semanas de gestación. Tratándose de una niña menor de 14 años, la interrupción puede realizarse siempre que no hayan transcurrido más de 14 semanas.

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