viernes, 29 de junio de 2018

Minsal ingresó un nuevo reglamento de objeción de conciencia del aborto

Minsal ingresó un nuevo reglamento de objeción de conciencia del aborto

29/06/2018 21:55:17El Gobierno entregó un nuevo texto a Contraloría, el que entre sus puntos establece que los establecimientos de salud privados con convenios con el Estado podrán ser objetores si es que no contemplan prestaciones de obstetricia y ginecología.El Ministerio de Salud entregó a la Contraloría un nuevo reglamento sobre la objección de conciencia en el aborto en tres causales, esto luego que su primer intento fuera rechazado por el mismo organismo. Entre sus puntos, el protocolo establece que "los establecimientos privados de salud que hayan suscrito convenios regidos por las disposiciones del DFL Nº 36 (convenios con el Estado) podrán ser objetoras de conciencia siempre y cuando los referidos convenios no contemplen prestaciones de obstetricia y ginecología". "Las instituciones con convenio DFL Nº 36 que contemplen prestaciones gineco-obstétricas no pueden ser objetores. Los establecimientos públicos tampoco pueden ser objetores", detalló. Tras esto, el reglamento estableció que "no podrá discriminarse arbitrariamente a quienes decidan ser objetores o a quienes no decidan serlo", agregando que el especialista que se declare objetor debe informarlo al recinto de salud. La cartera liderada por el ministro Emilio Santelices también afirmó que en caso de riesgo de vida de la madre "debe practicarse la interrupción del embarazo, aunque el establecimiento o el profesional sea objetor".

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