sábado, 13 de junio de 2020

Denuncian a Club de golf de La Dehesa por obligar a sus jardineros a mentir para trabajar en cuarentena

Denuncian a Club de golf de La Dehesa por obligar a sus jardineros a mentir para trabajar en cuarentena

13/06/2020 18:26:24Su empleador atribuyó razones medioambientales para el engaño, pero al infringir el artículo 210 del Código Penal, se arriesga a penas de presidio menor en su grado mínimo a medio, y multas que van de las seis a diez UTM.Un reportaje del medio CNN develó trabajadores habrían sido forzados a violar la cuarentena con el fin de continuar con sus labores de jardinería en las canchas del club de golf Lomas de La Dehesa y aseguraron haber sido presionados a mentir ante una eventual fiscalización de carabineros. Para estos fines su empleador habría adulterado los salvoconductos colectivos, engaño que estaba dispuesto a repetir al momento del vencimiento del documento, este lunes, pero esta vez haciendo pasar a quienes trabajan en las áreas verdes como vigilantes. Cabe destacar que los empleados del exclusivo club no solo se arriesgan a ser detenidos, sino que esta situación pone en peligro su seguridad y salud. Fue finalmente una fiscalización de carabineros la que expuso esta alarmante situación, tras lo que uno de los trabajadores señaló que "No podemos hacer otra cosa, si no-", continuó con un gesto que da a entender que sería despedido. Al respecto Enrique Valdés, gerente general del club, aseguró que "hay una situación de un vacío, que ante la necesidad de mantener 35 hectáreas verdes, que es un parque, privado, pero que aporta a la atmósfera, de unos 5 mil árboles. Hay que mantenerlas. La única forma de nosotros, obtener la utilización, porque existe un vacío en la definición, fue asimilarlo a lo más parecido, que era 'actividades agrícolas, silvoagropecuaria y productores agrícolas'". Pero esta aseveración es incorrecta, pues como señalan en el reportaje, no se trata de un vacío, sino de una expresa indicación de la autoridad sanitaria. El teniente coronel Juan Velásquez, comisario de la Comisaría Virtual, indicó al respecto que "Cuando no se encuentra el rubro en la tramitación o en el requerimiento de un permiso único colectivo, es porque simplemente la empresa no está considerada como una empresa básica". En ese sentido el empleador estaría infringiendo el artículo 210 del Código Penal. Es decir, un delito con penas de presidio menor en su grado mínimo a medio, y multas que van de las seis a diez UTM.

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