martes, 12 de julio de 2016

Hospital Luis Tisné deberá pagar $78 millones por paciente que murió tras caer desde un quinto piso

Hospital Luis Tisné deberá pagar $78 millones por paciente que murió tras caer desde un quinto piso

12/07/2016 13:42:00Corte de Apelaciones determinó que el recinto de salud no cumplió con el debido cuidado de la víctima Ángel Marín, quien estaba desorientado por un tumor cerebral.La justicia ordenó al Hospital Luis Tisné de Peñalolén a pagar una indemnización de 3 mil UF, cerca de $78 millones, a la familia de un paciente que murió tras caer desde el quinto piso del recinto de salud. En un fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó los recursos de casación y confirmó la responsabilidad del hospital por falta de cuidado de Ángel Marín Marchant, quien tenía un tumor cerebral que le provocaba desorientación. La determinación judicial señala que "se dio por establecido que respecto del paciente Ángel Marín, no se tuvo el deber de cuidado que todo paciente tiene que recibir, máxime si este en particular, ya había dado señales de un comportamiento anormal, que requería de un cuidado más intenso, cuando se desprendió de las vendas que se le habían colocado para impedir se moviera". El fallo señala que se acreditó "que en vez de controlar al paciente, éste fue dejado solo, ya que la auxiliar a cargo, fue a buscar otras vendas para mantener el estado de contención al paciente y, la enfermera se dedicó a vigilar a otros pacientes". Según la justicia "el incidente del descontrol del paciente, claramente ameritaba medidas de contención de urgencia, sin descuidar su vigilancia y, precisamente ocurrió, lo que no debía pasar, que un paciente descompensado fuera dejado solo, sin ninguna vigilancia". El texto del fallo señala que "Ángel Marín Marchant fue dejado solo y, en el tiempo en que regresó la auxiliar, éste ya no estaba en su cama, desapareció y, pasado un breve lapso de tiempo, fue encontrado muerto tendido en el piso del estacionamiento, producto de una caída del piso quinto". Según informó la justicia "había manifestaciones evidentes de que el paciente estaba alterado, prueba de ello fue que se habían tomado medidas de contención -colocación de amarras-, por lo que al ser quebrantadas, ameritaba una mayor preocupación, pero ello no ocurrió, sino que por el contrario, el paciente fue dejado solo, a su sola voluntad, lo que es un atentado al deber de mínima protección que debe brindarse a un usuario de un centro hospitalario".

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